Antecedentes de la Helms-Burton
Antecedentes históricos

 

En las elecciones legislativas de 1994, por primera vez en 40 años, los republicanos tomaron el control de ambas cámaras del Congreso, plateándose un viraje hacia las políticas más retrógradas y aislacionistas del espectro político norteamericano, y dentro de ello, un incremento del poder de influencia de los grupos anticubanos, aliados tradicionales de los republicanos.

 

En esta coyuntura, el 9 de febrero de 1995 es introducido por primera vez el proyecto de ley por el Senador Jesse Helms (Rep. Carolina del Norte) en su calidad de Presidente del Cte. de Relaciones Exteriores del Senado, destacándose que fue la primera propuesta legislativa del Senador Helms luego de su investidura en el cargo, y de una campaña electoral en la que había anunciado sus intenciones de aumentar las sanciones contra nuestro país.

 

A lo largo de 1995 los proyectos Helms (del Senado) y Burton (de la Cámara) fueron objeto de numerosas modificaciones y negociaciones, aunque ninguna de ellas dirigida a modificar su esencia agresiva y hostil contra nuestro país, e inclusive, contra aliados importantes de los EE.UU.

 

Finalmente, el proyecto de ley fue aprobado por ambas cámaras el 21 de septiembre y el 19 de octubre respectivamente, luego de más de 4 posposiciones en la fecha de las votaciones, con una mayoría evidente de los votos, que incluso sobrepasaron los 2/3 necesarios para invalidar un posible veto presidencial.

 

No obstante lo anterior, entre los dos proyectos aprobados existían diferencias sustanciales las que deberían ser resueltas en un Cte. de Conferencia, especialmente respecto al Títulos III y IV, referidos a la posibilidad de entablar demandas legales en Cortes norteamericanas contra los llamados "traficantes con propiedades confiscadas", y las negativas de visado a los ejecutivos de dichas compañías.

 

Pese a la mayoría de votos obtenidos por el proyecto, no era seguro que el Congreso nuevamente lograra obtener los 2/3 necesarios para revocar una probable negativa presidencial, dada la oposición de la Administración Clinton expresada, entre otros, a través del Dpto. de Estado, así como por condicionantes específicas impuestas por los demócratas en el Senado relativas a la no inclusión de los Títulos III y IV.

 

En esta situación se produce el derribo de las avionetas de "Hermanos al Rescate" el 24 de febrero de 1996, incidente que provocó el aumento de la histeria anticubana por parte de los sectores más recalcitrantes en los EE.UU., con una importante repercusión en los medios de prensa. Esto conllevó directamente a que Clinton el 26 de febrero tomara un grupo de acciones contra Cuba, entre ellas, manifestó su apoyo para la negociación y aprobación de la Helms-Burton. Las conciliaciones, efectuadas de forma apresurada por el Cte. de Conferencia, tuvieron como resultado el 28 de febrero un proyecto aún más fuerte que incluyó entre otros aspectos la codificación del bloqueo, es decir su conversión de Reglamento Federal bajo el control del Ejecutivo, a Ley del Congreso, que sólo puede ser modificada por dicho órgano legislativo; así como la disminución de otros poderes presidenciales con respecto a la conducción de la política hacia Cuba, etc.

 

El 5 de marzo fue aprobado por el Congreso el Informe del Cté de Conferencia (no es más que el texto del proyecto de ley conciliado entre ambas Cámaras) con votación de 74-22 en el Senado, y 336-86 en la Cámara de Representantes. El 12 de marzo fue firmada por el Presidente Clinton en ceremonia televisada, convirtiéndose automáticamente en ley.

 

Aplicación de la Ley

 

A partir del 20 de mayo del 96 y hasta la actualidad el Dpto. de Estado ha estado notificando mediante Cartas de Advertencia a compañías inversionistas en Cuba en las llamadas "propiedades confiscadas". Entre otras fueron advertidas y/o sancionadas las firmas Sherrit, DOMOS, BM GROUP y Cementos Curazao.

 

Tal como estaba previsto, el 16 de julio del 96 entró en vigor el Título III de la ley, y el Presidente Clinton, haciendo uso de las facultades previstas también en la legislación, emitió paralelamente una orden de suspensión temporal por 6 meses de una parte de este Título. Esta suspensión, conocida como "waiver", solamente suspende la posibilidad de los reclamantes de entablar demandas legales en los tribunales norteamericanos a tenor de la propia ley. Esta acción se ha repetido consecutivamente cada semestre hasta la fecha.

 

El 16 de agosto, como resultado de las protestas y críticas a la ley entre los principales aliados de EE.UU en el mundo, entre las que se destacan las leyes antídoto promulgadas por varios países y el panel planteado ante la OMC por la Unión Europea, se anuncia el nombramiento de un "Enviado Especial para la Promoción de la Democracia en Cuba", cuya tarea fundamental era impulsar y lograr un acuerdo entre los principales socios de Estados Unidos con respecto a la Helms-Burton, intentando de esta forma internacionalizar la acción de esta ley.

El 20 de septiembre del 96, con vistas a implementar una aplicación más vigorosa de la Ley se anuncia la creación de la "Unidad para la Aplicación de la Helms-Burton" en el Dpto. de Estado, dentro de la Oficina de Asuntos Cubanos.

 

La ley estableció que el Presidente tendría que realizar un informe sobre su implementación del Título II, para lo cual el 28 de enero del 97 el Presidente Clinton publica con gran despliegue publicitario el documento "Apoyo para una Transición Democrática en Cuba", cargado de una fuerte retórica anticubana, y que ampliaba los postulados del Título II de la ley, relativos a una supuesta "transición democrática" en la isla.

 

Como resultado de intensas negociaciones, el 11 de abril de 1997 se da a conocer el "Entendimiento Unión Europea-EE.UU", mediante el cual los últimos lograban el retiro por parte de los europeos del panel planteado ante la OMC a causa de la Helms-Burton, a cambio de la promesa norteamericana de no sancionar a compañías europeas inversionistas en Cuba.

 

A este acuerdo siguió un segundo "Entendimiento con Respecto al Fortalecimiento de la Protección de las Inversiones" en mayo de 1998 mediante el cual la Unión Europea inhibiría voluntariamente las inversiones en Cuba en "propiedades confiscadas" a cambio del compromiso de la Administración de trabajar para la eliminación del Título IV de la Helms-Burton. Posterior a este hecho, se han efectuado varias rondas negociadoras entre las partes en las cuales, entre otras disputas comerciales, se ha analizado la marcha de estos compromisos, especialmente dada la imposibilidad de la Administración Clinton de obtener una modificación al Título IV por parte del Congreso; entretanto tampoco se han producido sanciones a compañías europeas.

 

La aplicación de la ley ha sido muy criticada por el Congreso, y particularmente por los sectores anticubanos quienes en varias ocasiones han demandado una aplicación más estricta, y una eliminación de los "waivers". Con tal objetivo han sido introducidos en el Congreso en varias oportunidades proyectos y enmiendas legislativas dirigidas a modificar la ley, haciéndola aún más restrictiva y mandatoria para el Presidente, los que no han sido aprobados.